La Directiva europea de servicios de pago (PSD2) requiere que los proveedores de servicios de pago (PSP) permitan a los proveedores de servicios de terceros 1 acceder a las cuentas de los clientes que lo consientan. La Directiva ofrece dos soluciones:
Una interfaz dedicada o el uso por parte de proveedores de servicios externos de interfaces utilizadas para la autenticación y comunicación con los usuarios de servicios de pago de los PSP del administrador de cuentas.
Después de consultar con ciertos actores del mercado, FPE ha optado por no implementar una interfaz dedicada y ofrece a los terceros que deseen utilizar la interfaz utilizada por sus clientes adjuntando el encabezado definido a continuación asociado con las solicitudes de acceso (llamadas API o web scraping) que harán tienen que formular en nombre de los usuarios de clientes de Nickel.

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En Nickel nos acogemos a la PSD2 (en inglés, “Payment Services Directive”), la Directiva Europea que regula los servicios de pago (transferencias, domiciliaciones, pagos con tarjetas…) realizados en Europa (tanto nacionales como transfronterizos dentro de la zona SEPA) con la finalidad de impulsar la transparencia y la innovación de los servicios de pago del sector financiero, y que permite a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo abrir cuentas con cualquier entidad radicada en el mismo, haciendo así la oferta de servicios más amplia y promoviendo la competencia.
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